- Reserva especial de espacio en las vías y terrenos de uso público para carga y descarga.
- Reserva de espacio o prohibición de estacionamiento.
- Acceso de vehículos a zonas peatonales o restringidas.
- Cortes de tráfico u ocupación de un carril de circulación.
Esta delegación no tendrá carácter resolutorio, salvo:
- Inicio y resolución de expedientes sancionadores por infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; así como la resolución de los recursos de reposición que se interpongan.
- Resolución de expedientes de solicitudes para colocación de placas de vado permanente, así como las renuncias a las mismas.
- Inicio de expedientes sancionadores en materias de su delegación.
- Las resoluciones de reclamaciones que se deriven de actos que sean consecuencia de las resoluciones que dicte.