IX PREMIO IUVENTAS 2010. A la juventud emprendedora de Pilas

Desarrollo Económico

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IX PREMIO IUVENTAS 2010. A la juventud emprendedora de Pilas

El objetivo es premiar a la juventud por la creación de empresas y promover la puesta en marcha de nuevas ideas empresariales, fomentando el desarrollo económico de la zona, a través del aprovechamiento de sus recursos.

Puedes descargar el díptico en formato pdf en este enlace.

BASES


OBJETO


Premiar a la juventud por la creación de empresas y promover la puesta en marcha de nuevas ideas empresariales, fomentando el desarrollo económico de la zona, a través del aprovechamiento de sus recursos.


MODALIDAD I: EMPRENDEDORES


BENEFICIARIOS


Jóvenes menores de 35 años que cumplan los siguientes requisitos:
a) No haber iniciado su actividad empresarial.
b) Reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
c) No haber sido premiado en ediciones anteriores.
d) Los proyectos empresariales presentados al amparo de la presente convocatoria deberán
ubicarse en Pilas.
e) Respetar el medio ambiente, propiciando el desarrollo sostenible en el ámbito empresarial.
f) Los proyectos premiados tendrán que permanecer de alta y vigentes al menos durante un año.


PREMIOS


Primer Premio: 1.000 Euros, escultura y diploma, además de asitencia técnica para la puesta en marcha del negocio, por parte de la Agencia de Desarrollo del Ayuntamiento de Pilas.


MODALIDAD II: CONSOLIDACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS


BENEFICIARIOS


Jóvenes menores de 35 años que cumplan los siguientes requisitos:
a) No haber iniciado la actividad económica con anterioridad al 1 de enero de 2008.
b) Emplear a menos de 10 trabajadores a 31 de noviembre de 2010.
c) Tener una facturación y/o balance general anual no superior a 2 millones de euros, a 31 de
diciembre de 2009.
d) La empresa deberá ser viable, tanto de forma económica como financiera.
e) No haber sido premiado en ediciones anteriores.
f) La empresa debe estar ubicada en Pilas.
g) Respetar el medio ambiente, propiciando el desarrollo sostenible en el ámbito empresarial.
h) Los proyectos premiados tendrán que permanecer de alta y vigentes al menos durante un año.


PREMIOS


Primer Premio: 1.000 Euros, escultura y diploma, además de asitencia técnica para la marcha del negocio, por parte de la Agencia de Desarrollo del Ayuntamiento de Pilas.


SOLICITUDES E INFORMACIÓN


Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Pilas.


ENTREGA Y DOCUMENTACIÓN


Los proyectos empresariales deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Pilas con la siguiente documentación:
• DNI.
• Solicitud (según modelo).
• Memoria de la empresa (según modelo).
• Para empresas ya constituidas:
> CIF (Tarjeta de Identificación Fiscal).
> Estatutos y escritura de constitución en caso de sociedades.
> Fotocopia del Alta del IAE o Declaración Censal.
> TC1 y TC2 de la empresa del mes de noviembre de 2010.
> IRPF 2009 en caso de persona física o IS 2009 en caso de sociedades.
Los candidatos deberán facilitar más datos e información sobre su proyecto empresarial si el Jurado lo creyera necesario.


PLAZO Y RESOLUCIÓN


El plazo de presentación de las solicitudes comprende del 3 de enero de 2011 hasta el 21 de enero de 2011.


FALLO DE COMISIÓN DE VALORACIÓN


La baremación de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes criterios:
• Carácter innovador del Proyecto.
• Viabilidad técnica, económica y financiera del Proyecto.
• Generación de puestos de trabajo, calidad y estabilidad de los mismos.
• Calidad del Proyecto.
• Proyectos que adopten cualquiera de las formas jurídicas existentes dentro del modelo de economía social.
El Jurado estará formado por el Ayuntamiento de Pilas, la Asociación de Empresarios de Pilas y la Unidad Territorial de Empleo Desarrollo Local y Tecnológico “Tierras de Doñana”; podrán declarar los premios desiertos. El fallo será inapelable, haciéndose público el 25 de febrero de 2011.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en un periodo de tiempo no superior a 60 días, el Comité de Evaluación constituido al efecto resolverá el concurso, según los importes y criterios marcados en la presente convocatoria.
En caso en el que por motivos de valoración de los proyectos presentados, el comité de evaluación estime que la calidad de los mismos no cumple las exigencias mínimas, estas ayudas podrán declararse desiertas total o parcialmente.
Los premios serán entregados el 28 de Febrero de 2011 en el acto institucional con motivo del Día de Andalucía.


ACEPTACIÓN DE LAS AYUDAS


El beneficiario deberá comunicar al Ayuntamiento de Pilas su aceptación en un plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de su notificación. En el caso de no recibir de forma fehaciente dicha comunicación en el plazo señalado, se entenderá que se renuncia a la misma.
Para los casos en que se activen los proyectos en reserva, es decir, exista alguna renuncia expresa de un beneficiario o transcurran tres meses desde la aceptación de la resolución sin acreditar el inicio de la actividad, regirán los mismos plazos y procedimientos recogidos en el presente articulado.


OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO DE LA AYUDA


Son obligaciones del beneficiario de la ayuda las siguientes:
a) Cumplir los requisitos y condiciones que se establecen en las presentes bases.
b) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, alta de empresa en los 3 meses siguientes a la concesión en la modalidad de Emprendedores y realización del nuevo proyecto en 1 año en la modalidad de Consolidación en su caso.
c) Facilitar los contratos y altas de los/as trabajadores/as indicados como creación de empleo, así como cualquier otra documentación relacionada con la actividad empresarial requerida por el Ayuntamiento de Pilas en el plazo de un año desde el cobro de las ayudas.
Si los beneficiarios de las ayudas no cumplieran las condiciones tenidas en cuenta para la valoración de su solicitud en los plazos establecidos, las ayudas podrán pasar a otros proyectos finalistas, siguiendo el orden establecido por la Comisión Evaluadora.
Serán causas del reintegro de la ayuda:
a) Incumplimiento de la finalidad para la que fue establecida.
b) Incumplimiento de los requisitos y obligaciones de la convocatoria.
c) La negativa, por parte del beneficiario de la ayuda, a facilitar la documentación relacionada con la actividad empresarial requerida por el Ayuntamiento de Pilas.
d) Otras que en su momento pudieran determinarse por el Comité de Evaluación.


CONFIDENCIALIDAD


El Ayuntamiento de Pilas se compromete a mantener la confidencialidad sobre los proyectos empresariales a los que pueda tener acceso y a no desvelar o divulgarlos de ninguna forma, sea total o parcial, salvo previa autorización otorgada por parte de los/as participantes del proyecto.


DISPOSICIÓN ADICIONAL


La participación en este concurso supone la aceptación de estas bases, así como las decisio¬nes del Comité de Evaluación. En todos los aspectos no contemplados en las presentes bases, se estará a lo regulado por el Comité de Evaluación del Ayuntamiento de Pilas.